Las
Políticas Económicas en la Unión Económica y Monetaria
Los
Estados miembros dirigen sus políticas económicas de modo que contribuyan a la realización
de los objetivos de la Comunidad. Estas políticas se consideran de interés
común y están coordinadas en el ámbito comunitario. Para ello, la Comisión
propone orientaciones generales que el Consejo aprueba basándose en las
conclusiones del Consejo Europeo. El Consejo efectuará regularmente una
evaluación de conjunto (supervisión multilateral) y, dado el caso, dirigirá
recomendaciones a uno o más Estados miembros si sus políticas económicas
resultan ser incompatibles con las orientaciones generales.
En materia de política presupuestaria, los Estados
miembros están obligados a evitar un déficit público excesivo. Además, el pacto
de estabilidad y crecimiento les compromete a mantener su presupuesto
equilibrado o ligeramente en superávit siempre que la situación económica sea
normal, y a presentar periódicamente programas de estabilidad. Para animar a
los Estados miembros a cumplir estos compromisos, el Consejo puede sancionar a
aquéllos que no cumplan la obligación de evitar el déficit excesivo.

